La ventaja inminente de contar con un Seguro de Indemnización radica en la posibilidad de contar con todas las garantías económicas una vez que se esté de baja por accidente o enfermedad, otorgándole al asegurado un subsidio diario que compense la reducción de ingresos durante dichos periodos de incapacidad temporal.
¿Qué es un seguro de Baja Laboral?
En líneas generales, corresponde a la clase de seguro encargado de compensar los ingresos que el trabajador deja de percibir a consecuencia de una incapacidad temporal. Esto implica, que el beneficiario recibirá no solo el subsidio del seguro, sino la prestación de la Seguridad Social, puesto que el primero tiene la función de completar al segundo.
Por regla, suelen ser contratada por las diferentes empresas y entidades para el bienestar de sus trabajadores, aunque el colectivo de los autónomos quien accede a ella con mayor frecuencia, abonando una cantidad fija diaria por cada jornada laboral con la que luego, se compensará la cuantía que deja de percibir.
¿Qué tipos de cobertura ofrece un seguro de Baja Laboral?
En primera instancia, los seguros de Baja Laboral contempla la garantía de indemnización diaria por incapacidad temporal total ¿Qué quiere decir esto? que el asegurado recibirá el pago tras su baja por haber sufrido una enfermedad o accidente durante la vigencia de la póliza, extendiéndose por el tiempo en el que no pueda dedicarse a sus ocupaciones profesionales habituales, sea que se encuentre hospitalizado o en reposo domiciliario.

Otras coberturas adicionales son:
- Protección de pagos: garantiza la cancelación del pago equivalente al recibo mensual de la póliza por cada 30 días consecutivos que dure la incapacidad temporal.
- Reembolso de gastos por situación de gran dependencia por accidente: se refiere a la cobertura que brinda la totalidad del reembolso de gastos socio-sanitarios acarreados por un estado de dependencia plena.
Por otra parte, es común que las pólizas incluyan también servicios de orientación médica, acceso telefónico a un equipo de profesionales médicos, algunas cirugías y consultas internacionales a fin de encontrar un diagnóstico más especializado.
Coberturas opcionales:
Del mismo modo, los seguros de Baja Laboral pueden ofrecer opcionalmente hospitalización por cualquier causa; en este sentido, el beneficiado recibirá la indemnización – pactada en la contratación del servicio – proveniente de enfermedad o accidente acaecido durante la vigencia de la póliza en el supuesto de tener que ser ingresado a un hospital, por un lapso mínimo de 24 horas. Acotando que el pago de dicha indemnización será equivalente al periodo que el asegurado figure como paciente interno del hospital, pero con un límite tope de un año.
Carencias:
Al igual que con cualquier otra póliza, el seguro de Baja Laboral cuenta con carencias – entendiéndose que dicho periodo es el que ha de transcurrir entre la contratación de la póliza y el momento en el que el asegurado puede comenzar a hacer uso de ella – lapso que variará en función tanto de la aseguradora, como de la enfermedad o accidente que desencadene la incapacidad.