Antes de entrar en esta materia es importante aclarar un poco los términos, para ello será necesario empezar a definir lo que es un seguro inquilino.
El seguro inquilino, no es más que un certificado o póliza para el hogar que se ajustan a las necesidades de la persona que realiza o solicita el servicio, es decir el arrendatario.
El inquilino es la persona que solicita el servicio cuando se alquila una vivienda. En relación a este punto la ley señala que el inquilino es el que tiene la responsabilidad de mantener la propiedad o vivienda en perfecto estado; es decir, en condiciones iguales o mejores de cómo fue rentada.
Por otra parte, también queda establecido que el inquilino debe dar la cara al momento de que ocurra cualquier incidente y responder por lo que se deteriore o dañe en la propiedad.
Así mismo es responsable de mantener una conducta adecuada y acorde con las demás personas que lo rodean como parte de la sociedad.
La póliza no es obligatoria. Sin embargo, lo es cuando la propiedad está hipotecada. No obstante, en España muchas viviendas disponen de un seguro para su propiedad que le resguarde a la hora de presentarse cual tipo de accidente o incidentes, como; robo e incendios.
El porcentaje es mucho menor cuando se trata de apartamentos o viviendas pequeñas, y si la tiene sus coberturas son insignificantes al costo de lo que realmente aseguro.
¿Qué es y qué ventajas tiene?
Como se mencionó anteriormente el seguro de inquilino se define como una póliza de hogar propiamente dicha pero ajustada a responder por las necesidades de los inquilinos cuando ocurra alguna anomalía o siniestro.
Este tipo de pólizas no solo se necesita al momento de algún acontecimiento dentro de la vivienda o propiedad, también abarca compromisos civiles que conlleven a general un conflicto, como por ejemplo cuando unas personas dejan la propiedad y se acuerda devolverle lo que dio al principio en garantía y el dueño no quiere.
Por otra parte, también contienen coberturas para prendas y cosas personales, y esta es una relevante importancia ante el seguro del arrendador porque este no contempla ningún tipo de acciones.
¿Tiene obligación el inquilino de contratar un seguro?
Aunque el inquilino no tiene obligación de solicitar la contratación de un seguro de alquiler, ya que es el dueño propiamente dicho el más interesado en hacerlo para resguardar su propiedad, es recomendable que lo haga y lo asuma porque es el que saldría beneficiado si algo sucediera.
¿En qué casos no se puede contratar un seguro de Inquilino?
Solo cuando se trate de Alquileres de viviendas que sean compartidas o cuando no haya un documento de alquiler legalmente autorizado por escrito.
¿Comparar antes de contratar un seguro?
Cuando se decida solicitar contratación de algún ente asegurador se hace necesario e importante comparar con otras pólizas para escoger a la que más se adapte y convenga a lo que se espera de la aseguradora al momento de un acontecimiento desagradable.